Se modifica el Reglamento de Régimen Interior en su apartado 4. Uso de los teléfonos móviles en el centro
La nueva redacción de este apartado es la siguiente:
La Escuela de Arte de Salamanca es un centro comprometido con la formación en competencia digital de su alumnado, facilitando y favoreciendo el uso de las aplicaciones tecnológicas en la educación que supongan un aprendizaje y formación de los estudiantes.Sin embargo, un uso indebido de estas tecnologías es demoledor para los valores que se pretenden transmitir desde el centro, pudiendo además causar problemas de convivencia dentro del mismo.
Por todo lo anteriormente expuesto y desde la creencia de que se debe educar, no desde la prohibición del uso de los dispositivos digitales, sino desde la responsabilidad, y que toda la comunidad educativa debe estar implicada en esta tarea, desde los distintos órganos del centro se ha considerado adecuado establecer el siguiente protocolo para el uso de los distintos dispositivos móviles dentro de la Escuela de Arte:
1. El uso de dispositivos móviles no está permitido durante los periodos lectivos. Los dispositivos deberán permanecer apagados o silenciados y guardados fuera de la vista. Únicamente podrán ser utilizados como herramienta de trabajo y estudio cuando el profesorado los requiera explícitamente para la realización de alguna actividad concreta.
2. La realización de aquellas tareas autorizadas por el profesorado estarán siempre bajo su supervisión y estarán recogidas en las distintas programaciones departamentales. En estos casos, el alumnado deberá seguir, en todo momento, las instrucciones del profesorado. Una vez acabada esa actividad, el dispositivo deberá ser guardado nuevamente.
3. El profesorado que se encuentre en el aula, en el ejercicio de sus funciones, podrá supervisar el dispositivo móvil del alumnado, comprobar y corregir las actividades que se estén llevando a cabo y el contenido de estas, asegurando además que el uso está siendo el adecuado y que están abiertas sólo las aplicaciones que se precisan para esa clase o actividad educativa.
4. La Ley de Autoridad del Profesorado reconoce la condición de autoridad pública del profesorado y los miembros del equipo directivo. Esto les habilita para que puedan adoptar medidas provisionales cuando pudieran cometerse conductas contrarias a las normas de convivencia del centro, con el fin de garantizar el normal desarrollo de las actividades educativas. En todo caso, la adopción de estas medidas será comunicada a los responsables legales del alumnado.
5. En ningún caso el alumnado intercambiará ni operará con un dispositivo que no sea de su propiedad. Al igual que tampoco deben intercambiarse claves ni cuentas de correo de otros compañeros. La cuenta de correo generada por el centro es de uso personal y exclusivo para tareas docentes.
6. A tenor de la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y garantía de los derechos digitales, y de la Ley Orgánica 1/1982, de 5 de mayo, sobre protección civil del derecho al honor, a la intimidad personal y familiar y a la propia imagen, queda prohibido al alumnado grabar imágenes o audio dentro del centro. La utilización de imágenes de profesorado y compañeros/as sin la debida autorización es un delito tipificado y penado por la ley.
7. Si algún estudiante incumpliera alguna de estas normas y protocolos de uso de dispositivos móviles en el centro, se procederá a la amonestación y a la retirada del dispositivo una vez apagado por el propio estudiante, el cual será entregado a un miembro del equipo directivo que lo custodiará hasta el final de la jornada y se lo entregará a los padres, madres, tutores, tutoras legales en presencia del alumno o alumna. Si se negase a su entrega o fuera reincidente en el incumplimiento de alguna de estas normas y protocolos de uso, llevando a cabo conductas tipificadas como faltas graves o muy graves en el RRI, será sancionado/a.
8. El centro se reserva cualquier acción civil o penal contra el alumnado o su familia, en el caso de que el incumplimiento de estas normas y protocolos de uso de dispositivos móviles en el aula y en el centro cause algún tipo de daño o perjuicio a cualquier otro miembro de esta comunidad educativa o al propio centro.
9. El centro no se hace responsable de la pérdida, robo o daño de los dispositivos móviles traídos al centro.
10. El centro no se hace responsable del mal uso que pudiera llevarse a cabo del dispositivo fuera del centro en horario lectivo y, por supuesto, fuera del horario escolar.
Somos conscientes de que la implantación de este protocolo en nuestro centro supone una novedad, que conllevará nuevas situaciones que deberán ser abordadas y que todo cambio supone una reestructuración del sistema establecido. Por ejemplo, conviene recordar a las familias que en caso de que tengan que contactar con sus hijos o hijas, lo hagan llamando al teléfono del centro (923 26 31 96). Sin embargo, creemos que no podemos dar la espalda a una realidad por todos conocida (que el alumnado trae sus dispositivos al centro de manera habitual con la connivencia de sus familias). Creemos que es nuestra responsabilidad plantar cara a los nuevos retos educativos que se nos plantean: digitalización de nuestro sistema educativo y convivencia respetuosa, y en ello deseamos trabajar con el apoyo, implicación y esfuerzo de toda la comunidad educativa.
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